Plebiscitos como democracia: Una respuesta al Prof. Roberto Gargarella

Rodrigo Kaufmann

El Profesor Roberto Gargarella ha expresado recientemente en una columna una visión crítica respecto de los llamados “plebiscitos de salida”, refiriéndose en particular al caso chileno, en el que el proyecto de constitución sometido a votación popular resultó rechazado por una amplia mayoría.

Las razones de Gargarella para criticar el mecanismo del plebiscito de salida son diversas. En una primera dimensión, la crítica se refiere a los plebiscitos como procedimientos que simplifican en exceso cuestiones complejas. Así, el plebiscito y su “opción binaria e instantánea” es incapaz de reflejar la totalidad y complejidad de las cuestiones involucradas. La ciudadanía, en la crítica expresada por Gargarella, se ve enfrentada a un “todo o nada” que es incapaz de absorber la complejidad de lo que está en juego. Lo anterior se expresa especialmente en la imposibilidad de una verdadera “conversación entre iguales”, que es la quintaesencia de la democracia para Gargarella. 

Una segunda crítica fundamental a la figura de los plebiscitos de salida es su incapacidad de recomponer la legitimidad democrática de procesos conducidos fundamentalmente por una fracción ínfima de miembros de la comunidad política, sean expertos o representantes. Los plebiscitos de salida no están en condiciones de reemplazar, de acuerdo a Gargarella, formas robustas de participación de la totalidad de la comunidad política a lo largo del proceso completo. Finalmente, la crítica apunta a una especie de error en el objeto: los procesos plebiscitarios de salida como el chileno se transforman frecuentemente en una evaluación del Gobierno de turno, fallando en su finalidad de posibilitar una decisión sobre una cuestión distinta, como lo es el proyecto de constitución.

La crítica expresada resulta problemática por distintas razones. La primera tiene que ver con la estructura misma de decisiones colectivas, presupuesto fundamental de una decisión democrática. En efecto, un régimen que se basa en que la totalidad de una comunidad política, como en Chile, compuesta por millones de personas separadas por cientos y a veces miles de kilómetros de distancia, requiere de un estricto proceso de estructuración. Esa estructuración funcionará, justamente, como una forma de reducción de complejidad, que avanzará hasta que exista un número limitado de opciones, a disposición de todos los miembros de la comunidad política en condiciones de igualdad. Las opciones limitadas hacen decisiones colectivas posibles, al estructurar todo el proceso de toma de decisión justamente en torno a un número pequeñísimo de opciones conocidas por todos, que delimitan el ámbito de aquello sobre lo que se decide. Una discusión que abriera tantas opciones como fuera necesario para la complejidad de los temas a tratar transformaría una decisión colectiva en un imposible: Si cada ciudadano estuviera discutiendo sobre los elementos que quiere y no quiere en la constitución, el proceso de discusión democrática arrojaría posiblemente una cantidad de configuraciones distintas cercano a la cantidad total de miembros de la comunidad política. Y eso, desde luego, tornaría una decisión colectiva imposible. Porque, ¿cómo se vería un proceso en el que “la ciudadanía” estuviera en condiciones de “desechar alguna cláusula particular”? La sobresimplificación de opciones en procesos plebiscitarios o eleccionarios es una condición de posibilidad de una decisión colectiva al permitir la agregación de preferencias formalmente idénticas, es decir, al introducir la posibilidad de cuantificación, imprescindible para poder afirmar la identidad de aquello decidido por todos y cada uno de los miembros de la comunidad política.

Hay además un elemento que subyace a la crítica y que requiere considerar necesariamente la opción que el Prof. Gargarella manifiesta como propia al inicio de la columna, es decir, la de aprobar el proyecto de constitución en Chile. El elemento subyacente, sin ser formulado en términos explícitos, parece manifestar que, de haber tenido suficiente tiempo y las condiciones necesarias para una discusión realmente democrática, el proyecto de constitución probablemente habría sido aprobado. De hecho, es difícil entender la crítica sin incorporar dicho elemento: El problema del plebiscito de salida es que no permite una expresión “propiamente democrática” del pueblo, por lo que, de hecho, habría sido mejor privar al pueblo de rechazar el proyecto en un plebiscito.

El punto anterior es interesante, justamente porque tiene alguna conexión con la crítica final que Gargarella expresa: Que en Chile, como también en otras ocasiones, el plebiscito termina refiriéndose a una cuestión que no era la planteada originalmente a la comunidad política. Por supuesto, el argumento tiene sentido en principio: votar a favor o en contra de un Gobierno y votar a favor o en contra de un proyecto de constitución son cuestiones fundamentalmente distintas; confundirlas o conectarlas debe, en consecuencia, ser considerado un mal ejercicio democrático, quizás incluso un ejercicio político irracional. Ahora, ¿tiene sentido trazar esa distinción tan clara en teoría cuando en la práctica ha sido el propio Gobierno el que ha manifestado claramente su apoyo por una determinada opción para el plebiscito? Pero incluso más allá de eso: la propia columna ha destacado que conexiones o confusiones del tipo criticado por el Prof. Gargarella son comunes en eventos plebiscitarios como el chileno. ¿Tiene sentido, entonces, criticar desde la academia el ejercicio democrático y de interpretación política que, quizás, una amplia mayoría de un pueblo ha realizado? Desde luego: la discusión académica tiene un inmenso valor y debe ser considerada como un elemento relevante en el contexto de discusiones políticas. Pero es preciso ser cuidadosos cuando en nombre de la recta comprensión de la democracia se llama a limitar las ya poquísimas posibilidades del pueblo de manifestarse institucionalmente sobre cuestiones fundamentales de su existencia en cuanto tal. ¿Cuáles son las credenciales democráticas que la academia tiene respecto de un ejercicio de decisión colectiva del pueblo y de su interpretación sobre las opciones política que enfrenta? No hay que olvidar que la idealización de los procesos democráticos ha sido utilizada con frecuencia por sus enemigos, precisamente para criticar regímenes democráticos por no alcanzar estándares idealizados. Una mejor receta pareciera ser tratar de comprender y no juzgar los fenómenos que juegan en la enorme complejidad de eventos plebiscitarios o eleccionarios y hacer esfuerzos por mejorar la democracia tal como es y evitar la paradoja de buscar amordazar al pueblo por su propio interés.

Rodrigo Kaufmann es maestro y doctor en derecho por la Humboldt Universität zu Berlin y abogado por la Universidad de Chile. Actualmente es  investigador independiente
Cita recomendada: Rodrigo Kaufmann, «Plebiscitos como democracia: Una respuesta al Prof. Roberto Gargarella», IACL-AIDC Blog (15 de Septiembre de 2022). Disponible en: https://blog-iacl-aidc.org/new-blog-3/2022/9/15/plebiscitos-como-democracia-una-respuesta-al-prof-roberto-gargarella.